El 20 de diciembre de 2019, después de casi cinco años de un examen preliminar, la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, emitió una declaración afirmando su intención de abrir una investigación sobre la “situación en Palestina”.
La fiscal determino que:
- Se han cometido y se estarían cometiendo crímenes de guerra en Cisjordania incluido Jerusalem Oriental y la franja de Gaza.
- Potenciales casos que se generen por estas situaciones serian admisibles para el tratamiento por este tribunal.
- No hay base sustancial para argumentar que una investigación sobre esta situación no servirá al “interés de la justicia internacional”.
Pero, ¿Que es la Corte Penal Internacional y que hace?
La Corte Penal Internacional (CPI) es un tribunal de justicia internacional permanente cuya misión es juzgar a las personas acusadas de cometer crímenes de genocidio, de guerra, de agresión y de lesa humanidad. A partir de su fundación en 1998 tiene como objetivo evitar la impunidad de los responsables de los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional.
Es importante aclarar que la Corte Penal Internacional solo tiene jurisdicción complementaria a los tribunales nacionales de cada país. Esto significa que la Corte solo podrá juzgar aquellos casos donde los estados donde se cometieron los delitos no puedan o no quieran investigarlos.[1]
¿Porque Israel está en la mira de la C.P.I?
La fiscal determino que existe una base razonable para creer que ambos bandos cometieron crímenes de guerra durante las hostilidades de 2014 en Gaza. En particular, plantea que hay una base razonable para creer que los miembros de las Fuerzas de Defensa de Israel cometieron los siguientes crímenes de guerra:
Lanzar ataques intencionales desproporcionados en al menos tres incidentes, que no se especifican en la solicitud; dirigir intencionalmente un ataque contra objetos o personas que utilizan los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra; matanza intencional y deliberadamente causar lesiones graves al cuerpo o la salud.
En los delitos presuntamente cometidos por Israel, la fiscal reconoció la existencia de investigaciones internas en curso e indicó que una revisión de la complementariedad con el fin de decidir qué actos israelíes serán admisibles ante el tribunal se llevará a cabo más adelante en el proceso.
Del lado palestino, señaló que hay una base razonable para creer que los miembros de Hamas y los grupos armados palestinos cometieron los siguientes crímenes de guerra:
Dirigir intencionalmente ataques contra civiles y objetos civiles; utilizando personas protegidas como escudos humanos; privar deliberadamente a las personas protegidas de los derechos de un juicio justo y regular; y asesinatos intencionales y torturas o trato inhumano y / o ultrajes contra la dignidad personal.
Se espera que los crímenes presuntamente cometidos por palestinos sean admisibles ante el tribunal porque no hay procedimientos judiciales palestinos contra los presuntos autores y los casos son de gravedad suficiente para justificar la acción del tribunal.
Pero entonces, ¿tiene la Corte Penal Internacional jurisdicción para juzgar a Israel?
Hay tres situaciones que otorgan jurisdicción a la CPI:
1) Crímenes cometidos en el territorio de un estado parte en el Estatuto de Roma o en el territorio de un estado que remitió los crímenes a la corte.
2) Delitos cometidos por nacionales de un estado parte o por nacionales de un estado que remitió dichos delitos a la corte
3) Una referencia del Consejo de Seguridad de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.
Israel no es un Estado parte en el Estatuto de Roma, y el Consejo de Seguridad no ha remitido la situación al tribunal; por lo tanto, el debate relevante para el tribunal es si Palestina es un estado y un estado parte en el estatuto y, por lo tanto, es capaz de delegar en el tribunal la jurisdicción sobre los crímenes cometidos en su territorio. Si la respuesta es afirmativa, el tribunal debe responder inmediatamente una pregunta igualmente difícil: ¿Cuál es el territorio de este nuevo estado palestino?
La fiscal ofreció una respuesta clara a estas preguntas: Palestina es un estado y su territorio, en el que la CPI puede ejercer jurisdicción, es Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental, y la Franja de Gaza. Sin embargo, su antecesor en la fiscalía, el argentino Moreno- Ocampo ya había desestimado un intento palestino de invocar la corte penal internacional para que resuelva sobre estos presuntos crímenes. Moreno Ocampo decidió no iniciar investigaciones debido a que no es competencia de la fiscalía definir el término “estado” sino de órganos políticos de Naciones Unidas.
Apartándose de la decisión de su antecesor en el cargo, Bensouda argumentó que la Corte tiene jurisdicción porque Palestina, como estado miembro del estatuto de roma remitió la situación al tribunal. No obstante, Bensouda decidió voluntariamente solicitar una resolución a la sala de cuestiones preliminares sobre el alcance de la jurisdicción territorial de la corte en Palestina debido a “las cuestiones legales y fácticas únicas y muy controvertidas relacionadas con esta situación”.
En su solicitud, Bensouda solicitó a esta sala que confirme que el “territorio” sobre el cual el tribunal puede ejercer su jurisdicción que a su entender es Cisjordania, incluyendo Jerusalén Oriental y Gaza.
En este sentido la Sala de Cuestiones preliminares deberá determinar por ejemplo si existe jurisdicción territorial sobre el “área c” de Cisjordania (Aprox. 60% del territorio) donde incluso la Autoridad Palestina no tiene jurisdicción.
¿Es Palestina un estado para la Corte Penal Internacional?
Otra cuestión relevante para el análisis es la calificación de palestina como estado. Para esto es sumamente relevante analizar la misma posición de los abogados palestinos frente a la CPI. Bensouda reconoció en sus declaraciones que los palestinos mismos reconocen explícitamente que tienen un problema para cumplir con las condiciones básicas de un estado. En una comunicación al fiscal, los abogados palestinos detallaron que:
“La totalidad del territorio palestino ocupado permanece bajo la ocupación militar israelí. Como tal, el alcance y la capacidad del gobierno palestino para proporcionar servicios a los ciudadanos, incluida la capacidad de comunicarse con ellos y brindarles protección y llevar a cabo investigaciones, se ve severamente restringido y, a veces, se ve completamente socavado por las prácticas y limitaciones y prohibiciones impuestas por las fuerzas de ocupación israelíes”.
Claramente, según el derecho internacional, un estado existente y reconocido que se ocupó totalmente conservaría su condición de estado. Kuwait bajo la ocupación iraquí en 1990 es un ejemplo reciente de esa situación.[2] Sin embargo, es difícil encontrar precedente de un estado que declara estar emergiendo y a la vez estar ocupado completamente por otro estado. La “ocupación extranjera” y el gobierno autónomo son categorías mutuamente excluyentes. Sostener que Palestina tiene un gobierno independiente en los territorios palestinos ocupados parecería ser una contradicción al derecho internacional y el sentido común.
Uno puede criticar los asentamientos israelíes en Cisjordania como un obstáculo para la paz o incluso como una violación del derecho internacional. Sin embargo, ¿son realmente la razón principal por la que aún no se ha establecido un estado palestino? Israel desmanteló todos sus asentamientos en la Franja de Gaza durante la retirada de 2005. ¿Esto avanzó el control de la Autoridad Palestina sobre el territorio? Por el contrario, la Autoridad Palestina perdió el control de la Franja de Gaza ante Hamas dos años después.
Israel ha reconocido el derecho a la autodeterminación del pueblo palestino en 1978[3] y llego a un acuerdo interino con la OLP en 1995 por eso es difícil argumentar que el lento ritmo de la transferencia de tierras y el poder del gobierno de Israel a la Autoridad Palestina equivale a una negación tan flagrante del derecho de autodeterminación que justifica el reconocimiento de la condición de estado sin un gobierno que controle efectivamente el territorio en disputa.
En este mismo sentido se pueden entender los dichos del Presidente de la Autoridad Palestina que en mayo de este año dio por concluidos los acuerdos de Oslo ante la amenaza israelí de anexar partes de los territorios de Cisjordania.
“La autoridad de ocupación israelí, a partir de hoy, tiene que asumir todas las responsabilidades y obligaciones frente a la comunidad internacional como una potencia ocupante sobre el territorio del estado ocupado de Palestina, con todas sus consecuencias y repercusiones basadas en el derecho internacional y el derecho humanitario”
Estas afirmaciones han levantado todas las sospechas de la cámara que debe resolver sobre la jurisdicción de la Corte sobre Palestina. Y las preguntas siguen siendo la mismas:
¿Es posible que un estado que declara por todos los medios oficiales estar ocupado y no asumir responsabilidades delegar “su jurisdicción” por estos crímenes a la corte?
Teniendo en cuenta que los Acuerdos de Oslo eran el único sustento legal para sostener la autonomía palestina sobre partes de su territorio, concluidos por parte de palestina dichos acuerdos no habría base legal razonable para sostener la jurisdicción de la Corte.
¿Cuáles son los posibles escenarios?
El consejo de seguridad puede solicitar a la Corte que no inicie o que suspenda por un plazo de doce meses la investigación o el enjuiciamiento que haya iniciado, la Corte procederá a esa suspensión; la petición podrá ser renovada por el Consejo de Seguridad en las mismas condiciones.[4]
Diversos países de la Unión Europea han advertido sobre la situación ante el tribunal penal internacional y se encuentran expectantes ante un inminente pronunciamiento. Por su parte, el secretario de Estado de Estados Unidos, Mike Pompeo, advirtió a la Corte Penal Internacional contra el ejercicio de la jurisdicción sobre Israel, diciendo que Estados Unidos tendrá “consecuencias exactas” para cualquier investigación “ilegítima”.
Las cartas están echadas y más allá del procedimiento legal, la dirigencia palestina debe decidir responsablemente si es un estado o si se encuentra ocupado y no asume responsabilidad alguna.
No se puede tener el oro y el moro.
Notas:
[1] Estatuto de Roma de la Corte Penal – Art. 17.1
[2] Véase la Resolución 661 del Consejo de Seguridad de la ONU)
[3] Acuerdos de Camp David 1978
[4] Estatuto de Roma de la Corte Penal – Articulo 16 CPI.
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